Santa Fe, Sábado 21 de diciembre de 2024
23-04-2009
Texto Completo del Proyecto de Ley
El legislador anunció hoy, que pedirá el tratamiento de un Proyecto de Ley de su autoría, que se encuentra desde años en la Legislatura, que crea un marco jurídico y normativo, para asistir en forma indemnizatoria a los inundados santafesinos, afectados por la negligencia del Gobierno de Carlos Reutemann en 2003. El proyecto originario data del año 2005, y llevaba las firmas de los Diputados Brignoni, Riestra, Strada, Bonfatti, y Mascheroni. El legislador volvió a reclamar hoy su tratamiento, al considerar “insuficiente”, la propuesta difundida por el Gobierno Provincial, para atender el justo reclamo de los afectados
Brignoni señaló que “...en reiteradas conversaciones con el Poder Ejecutivo, he pedido que se cumpliera el compromiso preelectoral de indemnizar a los inundados, lo que no sabemos porque no ha sucedido. Nuestra provincia, y particularmente la ciudad de Santa Fe han sufrido enormes daños y perjuicios humanos, materiales, laborales y familiares, de los que aún no se ha podido recuperar plenamente, en virtud de que subsisten inequidades e impunidades, que no permiten empezar a desandar el camino del futuro. El criterio con el que el Gobierno Provincial de Jorge Obeid impulsó la sanción de la Ley de Reparación Económica Nº 12.183, estuvo basado centralmente en no admitir responsabilidad estatal alguna en la inundación de 2.003, a los efectos de no involucrar a los funcionarios responsables encabezados por el ex Gobernador Reutemann, en ese “incumplimiento”. El Estado decidió libremente brindar ayuda justificada en cuestiones de interés social como la inundación y no asumir ninguna obligación legal de reparar daños que se han causado por acción u omisión de sus funcionarios. Este es la naturaleza que tiene la ley 12.183, que solo votó el oficialismo, y a consecuencia de la cual, la provincia hoy tiene cinco mil juicios en su contra, con probables fallos desfavorables...” El legislador continuó diciendo “...siempre sostuvimos que ha habido responsabilidad por acción u omisión del Estado Provincial en lo sucedido en Abril-Mayo de 2003, ante el desborde del Río Salado, y a partir de ello hemos bregado desde entonces, por una ley de resarcimiento integral de los daños provocados a las víctimas, con carácter indemnizatorio, reconociendo el derecho de los afectados a percibirlos en tal carácter, dado que si hay responsabilidad del Estado, reconocida o presunta, lo que corresponde es que responda por el daño causado. Este criterio, sostenido en un concepto de democracia, donde se reconoce a los ciudadanos como sujetos de derecho, y no como objetos de caridad, dispone que se indemnice a los damnificados para la reparación integral del daño causado y demostrado...” Sobre la situación que esta ley implicaría para las arcas provinciales Brignoni dijo que “...normalmente las leyes indemnizatorias disponen, topes y tarifaciones de daños, donde se entiende por topes a los montos máximos a pagar por ítem o tipo de daño indemnizable, y tarifaciones a las que establecen montos fijos para cada tipo o ítem de daño indemnizable. También, cuando existen juicios avanzados contra el Estado, se suelen sancionar leyes indemnizatorias que tienen por fin “transar” extrajudicialmente con los reclamantes, evitando que el resultado de las sentencias sea más gravoso para el Fisco. Es dable recordar que hay miles de demandas en curso contra el Estado Provincial, producto del perjuicio al que creen haber sido sometidos muchos santafesinos y santafesinas inundados, a partir de lo que presumen ha sido una nítida negligencia estatal. Este Proyecto de Ley, también incluye en sus conceptos, y consideraciones generales, la razonable aspiración de exigir a quienes desean acogerse a los beneficios de la presente ley la renuncia a toda acción judicial o administrativa, posterior o en trámite, contra el estado en reclamo del daño sufrido, y lo consideramos necesario, para transitar el camino de una democraci de derchos, que en nuestra provincia, ha brillado por su ausencia...”